1.- Aprobar los proyectos de obra y servicio cuando corresponda la competencia de su aprobación al alcalde.
2.- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el pleno, aprobar las bases para las pruebas de selección del personal y para la provisión de puestos de trabajo.
3.- La concesión de las siguientes licencias municipales, salvo que las sectoriales lo atribuyan expresamente al pleno o a la junta de gobierno, reservando el alcalde el otorgamiento de las mismas por razones de necesidad o urgencia, dando cuenta a la Junta de Gobierno en la primera sesión que se celebre:
- Licencias de obra
-De segregación
-De primera utilización
-De demolición.
-De instalación y funcionamiento.
4.- La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así como los prpyectos de gestión urbanística y los proyectos de urbanización.